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Por qué es ilegal poseer un animal silvestre o exótico

Extraer de su medio natural a un animal silvestre o exótico se considera un acto ilegal, a menos que se obtenga un permiso especial del Estado, dado que dichos animales son considerados patrimonio nacional del país al que pertenecen. “La mayoría de las personas se confunden y piensan que sólo está prohibida la venta, cuando en realidad es el comercio y la tenencia”, asegura Linares.

En Venezuela, la Ley de Protección a la Fauna Silvestre establece todo lo relacionado con reservas, refugios y santuarios de fauna silvestre, así como las normas de cacería y regulaciones para la adquisición de los permisos necesarios.
Según esta Ley, decretada en 1970 con el objeto de regir la protección y aprovechamiento racional de la fauna silvestre y de sus productos, además del ejercicio de la caza, se define jurídicamente lo que se puede entender por fauna silvestre.


Artículo 2. A los efectos de la presente Ley se considera fauna silvestre: los mamíferos, aves, reptiles y batracios que viven libremente y fuera del control del hombre en ambientes naturales y que no pueden ser objeto de ocupación sino por la fuerza; y los animales de igual naturaleza amansados o domesticados, que tornen a su condición primitiva y que por ello sean susceptibles de captura, como lo son los animales silvestres apresados por el hombre y que posteriormente recobren su libertad”.

Y para aclarar aún más el término, se excluyen de las disposiciones de esta Ley: los animales domésticos; los animales que nacen y se crían ordinariamente bajo el cuidado o poder del hombre, en hatos, rebaños, manadas o cualquier otro conjunto de animales de cría mansos o bravíos mientras no sean separados de sus pastos o criaderos, ya se encuentren en establos y corrales o a campo raso o abierto; y los animales acuáticos con respiración branquial.

Adicionalmente mediante este instrumento se deja claro que se impondrán sanciones y penas a quienes violen las regulaciones de caza, comercio o movilización de la fauna silvestre. Sin embargo, esto no implica que la mejor opción, luego de adquirir al animal sea soltarlo de nuevo en su hábitat, pues generalmente luego de su cautiverio, no se encuentra preparado para enfrentar una vida silvestre.

Hay quienes consiguen que los zoológicos adopten el ejemplar o que las clínicas veterinarios lo reubiquen en otro hogar, pero cuando nada de esto sucede, señala Linares, hay que introducir al animal en un programa de reinserción a la naturaleza.

En nuestro país, al parecer, sólo existe un centro de este tipo en el estado Carabobo. Por ello, Linares se ha trazado la meta de crear en un futuro cercano otra nueva alternativa que sirva para acoger de forma temporal a los animales para reeducarlos y prepararlos de cara a la vida salvaje propia de su hábitat.

Un problema que se desata a causa de la inserción de estos animales en zonas de donde no provienen tiene que ver con las enfermedades que puedan propagar. Es posible que el mono o cunaguaro no padezcan alguna enfermedad, pero sean portadores de algún virus que pueden trasladar a ciertas áreas donde antes no existía, explica Linares.

En ese sentido, una manera de prevenir tal inconveniente consiste en mantener aislado al animal, sin sacarlo de casa. “Los animales silvestres en su mayoría no se vacunan, porque no existe una vacuna diseñada especialmente para ellos, aunque sí pueden sufrir fiebre amarilla, rabia, tétano, por lo menos en lo que respecta a los monos”.



 

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