Por
qué es ilegal poseer un animal silvestre
o exótico |
Extraer
de su medio natural a un animal silvestre o exótico
se considera un acto ilegal, a menos que se obtenga
un permiso especial del Estado, dado que dichos animales
son considerados patrimonio nacional del país
al que pertenecen. “La mayoría de las
personas se confunden y piensan que sólo está
prohibida la venta, cuando en realidad es el comercio
y la tenencia”, asegura Linares.
En
Venezuela, la Ley de Protección a la Fauna
Silvestre establece todo lo relacionado con reservas,
refugios y santuarios de fauna silvestre, así
como las normas de cacería y regulaciones para
la adquisición de los permisos necesarios.
Según esta Ley, decretada en 1970 con el objeto
de regir la protección y aprovechamiento racional
de la fauna silvestre y de sus productos, además
del ejercicio de la caza, se define jurídicamente
lo que se puede entender por fauna silvestre.
“Artículo 2. A los efectos
de la presente Ley se considera fauna silvestre: los
mamíferos, aves, reptiles y batracios que viven
libremente y fuera del control del hombre en ambientes
naturales y que no pueden ser objeto de ocupación
sino por la fuerza; y los animales de igual naturaleza
amansados o domesticados, que tornen a su condición
primitiva y que por ello sean susceptibles de captura,
como lo son los animales silvestres apresados por
el hombre y que posteriormente recobren su libertad”.
Y
para aclarar aún más el término,
se excluyen de las disposiciones de esta Ley: los
animales domésticos; los animales que nacen
y se crían ordinariamente bajo el cuidado o
poder del hombre, en hatos, rebaños, manadas
o cualquier otro conjunto de animales de cría
mansos o bravíos mientras no sean separados
de sus pastos o criaderos, ya se encuentren en establos
y corrales o a campo raso o abierto; y los animales
acuáticos con respiración branquial.
Adicionalmente
mediante este instrumento se deja claro que se impondrán
sanciones y penas a quienes violen las regulaciones
de caza, comercio o movilización de la fauna
silvestre. Sin embargo, esto no implica que la mejor
opción, luego de adquirir al animal sea soltarlo
de nuevo en su hábitat, pues generalmente luego
de su cautiverio, no se encuentra preparado para enfrentar
una vida silvestre.
Hay
quienes consiguen que los zoológicos adopten
el ejemplar o que las clínicas veterinarios
lo reubiquen en otro hogar, pero cuando nada de esto
sucede, señala Linares, hay que introducir
al animal en un programa de reinserción a la
naturaleza.
En
nuestro país, al parecer, sólo existe
un centro de este tipo en el estado Carabobo. Por
ello, Linares se ha trazado la meta de crear en un
futuro cercano otra nueva alternativa que sirva para
acoger de forma temporal a los animales para reeducarlos
y prepararlos de cara a la vida salvaje propia de
su hábitat.
Un
problema que se desata a causa de la inserción
de estos animales en zonas de donde no provienen tiene
que ver con las enfermedades que puedan propagar.
Es posible que el mono o cunaguaro no padezcan alguna
enfermedad, pero sean portadores de algún virus
que pueden trasladar a ciertas áreas donde
antes no existía, explica Linares.
En
ese sentido, una manera de prevenir tal inconveniente
consiste en mantener aislado al animal, sin sacarlo
de casa. “Los animales silvestres en su mayoría
no se vacunan, porque no existe una vacuna diseñada
especialmente para ellos, aunque sí pueden
sufrir fiebre amarilla, rabia, tétano, por
lo menos en lo que respecta a los monos”.